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¿Qué son las escuelas no públicas?

Publicado
noviembre 3, 2021
Temas
K-12

Escuelas no públicas aprobadas

Un equipo del Programa de Educación Individualizado (IEP) puede recomendar que un niño con discapacidad sea designado a una escuela de educación especial no pública aprobada si se determina que no existe un programa público apropiado. Una escuela aprobada tiene un contrato con el Departamento de Educación del Estado de Nueva York (NYSED) y el Departamento de Educación de la Ciudad de Nueva York (NYC DOE), y ellos se encargan de pagar la matrícula. Estas escuelas a menudo se conocen como “financiadas” o “aprobadas”.

Si el DOE determina que no hay un programa escolar público apropiado para un niño, el equipo del IEP o el Comité de Educación Especial (CSE), según corresponda, puede referir al niño a la oficina del Equipo de Apoyo Central (CBST) del DOE.

Postulación recomendada (recomendación en IEP para la colocación de un alumno en una escuela no pública aprobada financiada): una vez que el CBST recibe la recomendación del equipo del IEP, se asigna un administrador de casos para identificar las escuelas privadas aprobadas que podrían ser apropiadas y enviar las solicitudes a estas escuelas. Los padres también pueden contactar escuelas por su cuenta. La lista de escuelas aprobadas del estado de Nueva York se puede encontrar en el sitio web del NYSED.

Las escuelas no públicas revisan las postulaciones para determinar si hay cupos en un programa apropiado que pueda satisfacer las necesidades del niño. De ser así, la escuela invita al niño y a sus padres para una entrevista. Una vez que la escuela y los padres lleguen a un acuerdo, el niño podrá ingresar en el programa. Como la matrícula se paga en base a la recomendación del IEP, los padres no son responsables del pago.

Postulación Nickerson (para la colocación en una escuela no pública aprobada financiada): en la Ciudad de Nueva York, a un niño se le puede ofrecer un cupo en una escuela no pública aprobada si el DOE no coloca al niño en un programa de educación especial apropiado en una escuela pública dentro del plazo requerido. Debe existir una correspondencia entre el IEP y los servicios ofrecidos por la escuela para que pueda realizarse la colocación Nickerson. Los padres serán responsables de identificar las escuelas apropiadas, hacer la solicitud y manejar el proceso de postulación. La carta Nickerson (carta P1) sólo es válida por un año escolar, aunque a veces se puede renovar.

Escuelas privadas no aprobadas

Un cupo también es posible en una escuela privada de educación especial. Como estas escuelas no tienen un contrato con el NYSED o el DOE, los padres deben solicitar el debido proceso (audiencia imparcial) para obtener fondos. Estos casos pueden ser extremadamente técnicos y la mejor manera de manejarlos es con un abogado.

A continuación, se describen dos casos legales importantes:

  1. Colocación Carter:  esto puede ocurrir cuando no hay una establecimiento apropiado en el sistema de escuelas públicas o en las escuelas privadas aprobadas por el estado. Para este tipo de cupos, los padres pagan la matrícula de acuerdo con el cronograma de pagos de la escuela y solicita una audiencia de debido proceso para que el DOE les reembolse dichos pagos. Lo mejor es contar con un abogado.
  2. Colocación Connors:  en este caso, un padre debe cumplir con los requisitos de Carter y demostrar su incapacidad para pagar la matrícula. Si tiene éxito, el oficial de audiencias podría ordenarle a la oficina de educación local que se encargue del pago de la matrícula. Lo mejor es contar con un abogado.