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Escuelas charter y estudiantes con discapacidades

Publicado
noviembre 4, 2021
Temas
Educación especial, K-12, Representación

¿Qué es una escuela charter?

Una escuela charter es una escuela pública de gestión independiente. A diferencia de las escuelas comunitarias, gestionadas por superintendentes elegidos por la comunidad, un Consejo Directivo sin fines de lucro toma las decisiones sobre lo que realiza la escuela charter con los fondos públicos que recibe. Es por ello que las escuelas charter cuentan con la libertad de establecer sus propias políticas, diseñar su propio programa educativo y gestionar sus recursos humanos y económicos.

¿Quién puede postular?

Toda persona que sea elegible para una escuela pública puede aplicar a una escuela charter de la Ciudad de Nueva York, incluido los Estudiantes que Aprenden Inglés (ELL) y estudiantes con discapacidades.

¿Cómo saber si es la mejor opción?

Las escuelas charter deben aceptar a los estudiantes con discapacidades, pero no todas se adaptan de igual manera. Las evaluaciones independientes, los manuales de la escuela y las descripciones en su sitio web pueden ayudarlo a determinar cuáles son las escuelas que brindan más apoyo a los estudiantes con discapacidades.

Los sitios independientes que evalúan escuelas como insideschools.org pueden proporcionar una imagen más clara de la experiencia de los alumnos, con estadísticas sobre la población estudiantil, el rendimiento escolar y el número de estudiantes con discapacidades que asisten a la escuela.

Los manuales de la escuela (generalmente disponibles en su sitio web) le ofrecen una idea de la visión de la escuela, sus políticas y expectativas, de modo que pueda evaluar cómo el ambiente escolar funcionará para su hijo. Busque palabras y conceptos clave en el manual (responsabilidad, diversidad, rigurosidad, etc.), la descripción de la escuela, su misión y cómo aborda los siguientes puntos:

  • Educación especial: todas las escuelas tienen servicios de educación especial, pero su manual no lo indicará de manera específica. No suponga que ciertos programas (ICT, 12-1, etc.) están disponibles. Siempre pregunte.
  • Disciplina: si un manual dedica varias páginas a la descripción de su política disciplinaria, puede indicar un enfoque rígido (“sin tonterías”) que podría resultar un problema si su hijo tiene problemas de conducta.
  • Estudiantes aprobados y reprobados: infórmese sobre las políticas de la escuela para aprobar a los alumnos y el proceso que lleva a que un niño con un IEP sea reprobado, las medidas intermedias y en qué momento se incluyen a los padres en esta conversación.

¿Qué preguntas puedo hacer mientras hago un tour de la escuela?

  • ¿Qué servicios específicos de educación especial están disponibles para los estudiantes con discapacidades?
  • ¿Cuáles son las expectativas académicas y de conducta?
  • ¿Cómo ve la escuela la disciplina?
  • ¿La mayoría de los estudiantes con discapacidad permanecen en la escuela
  • hasta su graduación?
  • ¿Qué opciones deportivas y extracurriculares son ofrecidas? ¿Hay alguna relación con las notas y el comportamiento del estudiante?

¿Cuáles son mis derechos según la Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA)?

Las escuelas charter deben brindar servicios de educación especial. Sin embargo, es la escuela charter la que determina el tipo de servicios que tiene y puede que no ofrezca todos los programas. El Departamento de Educación de la Ciudad de Nueva York (NYCDOE) es el responsable de brindar servicios y programas cuando la escuela charter no lo hace. Los padres tienen derecho a, y deberían, dirigirse al Comité de Educación Especial (CSE) para solicitar evaluaciones o la reapertura de casos, presentar solicitudes o recibir asistencia. NYCDOE tiene la responsabilidad de hacerse cargo de todos los pasos dentro del proceso de educación especial, así como la de brindar los servicios. Los menores con discapacidades que asisten a escuelas charter y sus padres conservan todos los derechos y protecciones otorgados bajo la Parte B de IDEA, como accesos a Mediación en la Educación Especial, Audiencias Imparciales y Quejas Estatales.

¿Cómo puedo realizar un reclamo?

Como las escuelas charter son gestionadas independientemente, los reclamos sobre la gestión de la escuela pueden presentarse a su Consejo Directivo, el representante autorizado, y, finalmente, a la Junta Directiva de Regents (Board of Regents). Las escuelas charter siguen su estatuto o plan operativo y no necesariamente se alinean a todos los reglamentos del Departamento de Educación del Estado o de la Ciudad de Nueva York. La Ley de Escuelas Charter del Estado de Nueva York establece que un padre, así como cualquier otra persona, que crea que una escuela charter ha violado la ley puede presentar un reclamo ante la escuela. Los reclamos hechos a una escuelas charter deben seguir un procedimiento específico.

Presentar un reclamo informal

  • Se requiere que la escuela le proporcione su política de reclamos por escrito, incluyendo cómo y a quién dirigir su reclamo.
  • El Consejo Directivo de la escuela debe escuchar los reclamos primero. El Consejo Directivo a menudo delega ese poder en el director, un comité de la junta o a una tercera persona neutral. Consulte con la escuela autónoma de su hijo para determinar sus procedimientos de quejas específicos y las partes involucradas.
  • Si el padre ha tratado de abordar este problema con la escuela y el Consejo sin obtener un resultado satisfactorio, se puede presentar un reclamo formal ante el organismo que autorizó su escuela.

Presentar un reclamo formal

  • Conozca las pautas de la escuela y comuníquese con las personas que están a cargo. Antes de contactarlos, familiaricese con las políticas, pautas y materiales de referencia de la escuela, como manuales para padres, políticas de disciplina estudiantil relacionadas con su inquietud, folletos sobre el código de vestimenta y memorandos emitidos por la escuela. Determine si las acciones tomadas por la escuela están relacionadas con su reclamo y si se encuentran dentro de las políticas de la escuela.
  • Apelar al Consejo Directivo de la escuela. Si no está satisfecho con el resultado o la decisión después de conversar con la escuela, puede apelar al Consejo Directivo de la escuela. El Consejo se reúne públicamente de forma regular. Se sugiere a los padres que se comuniquen directamente con ellos para programar los puntos de la agenda de la reunión o se comuniquen con el comité de la escuela o al de padres que se ocupa de esos temas.
  • Apelar a quien autorizó la escuela. Si después de la apelación no está satisfecho con la decisión del Consejo Directivo, y si su reclamo involucra una violación de las políticas de la escuela o de sus estatutos, puede presentar una queja formal a quien autorizó la escuela (pude ser el NYCDOE, Junta de Regents o SUNY). Puede encontrar la lista completa de escuelas charters en schools.nyc.gov.
  • Apelar a la Junta Directiva de Regents del Estado de Nueva York. Si aún no está satisfecho con el resultado después de pasar por los primeros tres niveles del proceso, escriba a: The NY State Board of Regents, NY State Education Department, Charter School Office, Room 465 EBA, 89 Washington Avenue, Albany, NY 12234, 518-474-1762. También puede enviar un correo electrónico a charterschools@mail.nysed.gov. En el asunto debe incluir el nombre de la escuela y la palabra “Reclamo”.